Autorización de Viaje de Menor de Edad
¿Cuándo debo otorgar autorización de viaje de mi menor hijo?
Las autorizaciones de viaje lo otorgan los padres para autorizar la salida al extranjero de sus hijos menores de edad, con o sin acompañantes.
Dentro del territorio nacional, la autorización se otorga cuando el su hijo menor de edad viaja sólo o acompañado de un tercero.
¿Quiénes pueden otorgar la autorización de viaje de menor de edad?
Sólo los padres que hayan reconocido al menor, o quienes en defecto de los padres ejerzan su patria potestad con la autorización judicial debida y acrediten este hecho mediante la presentación de la resolución judicial correspondiente.
¿Puede un solo padre autorizar la salida del menor del Perú?
No. Si el menor ha sido reconocido por ambos padres, tanto el padre como la madre, deben autorizar la salida del país.
¿Es necesaria la intervención de ambos padres para otorgar la autorización de viaje de mi menor hijo?
En caso que su menor hijo viaje al extranjero, es necesaria la intervención de ambos padres.
En caso que su menor hijo viaje sólo o con un tercero dentro del Perú, se requiere únicamente que uno de los padres autorice el viaje.
Mi hijo ha sido reconocido por su padre, pero no sabemos nada de él y no tenemos cómo encontrarlo, ¿puedo autorizar yo sola la salida de mi hijo del Perú?
No, en este caso, sólo un juez puede autorizar la salida de su hijo. Para ello, tiene que iniciar un proceso judicial de autorización de viaje de menores ante un Juzgado de Familia.
Mi esposo(a) ha fallecido, ¿puedo autorizar yo solo(a) la salida de mi menor hijo del Perú?
Sí, en este caso, deberá apersonarse a la notaría con la copia certificada de la partida de defunción del padre o madre fallecido(a).
¿Qué período de validez tiene una autorización de viaje?
Las autorizaciones de viaje sólo son válidas por 90 días desde su expedición, conforme a la ley vigente. Vencido ese período, debe otorgarse una nueva autorización de viaje.
¿Qué documentos debo llevar a la notaría para otorgar la autorización de viaje de mi menor hijo?
Debe apersonarse con los siguientes documentos:
- Documento nacional de identidad de ambos padres.
- Documento nacional de identidad de su menor hijo.
- Datos de identificación de la persona que se hará responsable del menor durante el viaje, en caso viaje acompañado.
- Datos de la aerolínea o del medio de transporte.
- Fecha de viaje.
- Copia certificada de la partida de defunción, en caso que uno de los padres haya fallecido.